Los movimientos de los animales de compañía están sujetos a normas zoosanitarias para evitar la dispersión de enfermedades potencialmente transmisibles al hombre y a otros animales.
Con el objeto de evitar la difusión de estas enfermedades y regular el movimiento de los animales de compañía los países destinatarios establecen diversas condiciones que estos animales deben cumplir para su entrada.
La INSTRUCCIÓN 7/PCF/2021 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARÍA RELATIVA AL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE LAS EXPORTACIONES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA tiene como objeto regular los diferentes pasos que hay que seguir en el proceso de certificación de los animales de compañía que van a viajar a países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) ni a países incluidos en la parte 1 del anexo II del Reglamento (UE) Nº 577/2013.
Por ello, se ha iniciado el procedimiento de certificación de los animales de compañía que viajan a terceros países, utilizando su sistema informático CEXGAN 2, donde el veterinario colegiado, será el encargado de certificar las condiciones sanitarias del animal y solicitar la emisión del Certificado Sanitario de Exportación para su cliente en la aplicación CEXGAN 2. Por este motivo, será necesario que todos aquellos veterinarios colegiados que deseen realizar esta labor, estén registrados en el mencionado sistema.
EL DESARROLLO DE LA FORMACIÓN SERÁ EL SIGUIENTE:
- Introducción inicial de la mano de D. Rafael Ángel Caballero (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación). (5 min).
- Procedimiento Certificación Animales de Compañía para Exportación, con D. Antonio Pedro Palomar Gómez, Coordinador Regional Sanidad Animal como ponente. (20-30 min + preguntas).
- Módulo de Exportación Animales de Compañía CEXGAN, con Dña. Virginia Gómez Renda, TRAGSATEC. (60-70 min + preguntas).