España apruba un Real Decreto que permite alimentar a los buitres con restos de animales muertos, como excepción a la normativa de la EEB

La detección en varios lugares de Bélgica de 97 buitres leonados, procedentes de los Pirineos españoles, ha provocado las quejas de los naturalistas, quienes aseguran que las restricciones de la UE sobre restos animales obligan a volar lejos de su entorno a las aves carroñeras por falta de alimento.

Estos buitres fueron hallados en varias localidades de Bélgica, una quincena de ellos en la región de Flandes, el pasado fin de semana, según ha informado la cadena de televisión belga 'VRT'.

Según "Natuurpunt", la asociación flamenca para la protección de la naturaleza, la llegada de estas rapaces que volaron desde España se debe a la "falta de alimento" pues "el hambre les ha movido a desplazarse de su hábitat natural".

Esta asociación conservacionista denuncia la carencia de cadáveres para las aves carroñeras, debido a la normativa de la UE para la prevención de la enfermedad de las "vacas locas" que obliga a los ganaderos a la gestión y recogida de los animales muertos.

Fuentes de la Comisión Europea rechazaron por su parte que sean las reglas de la UE las culpables de la falta de alimentos de los buitres leonados y aseguraron que "no hay ninguna laguna en Bruselas" que haya provocado esa situación.

En este sentido, recordaron que en el ámbito de las reglas para evitar la enfermedad de las "vacas locas" la UE decidió permitir "excepciones" a algunos países como España. Sin embargo, Bélgica no está por el momento en el grupo de países a los que se permite tales excepciones, en beneficio de las aves carroñeras, en el que figuran también Italia, Francia, Portugal y Grecia.

Por su parte, en España, el Gobierno aprobó en mayo un Real Decreto (Real Decreto 664/2007 de 25 de mayo) por el que se establecen las condiciones para la utilización de materiales no destinados a consumo humano, como alimento de las rapaces necrófagas en los muladares o comederos de aves.

De esta forma, se permitirá bajo ciertas condiciones que se pueda recurrir a los comederos con el fin de alimentar específicamente a especies como el buitre leonado, el buitre negro, el alimoche, el quebrantahuesos o el águila imperial ibérica.

Para ello se exigirá que el muladar esté suficientemente alejado de zonas habitadas, nunca ubicado en lugares próximos a cursos de agua y fuera del alcance de animales terrestres.

El Decreto español establece que para carroña podrán utilizarse animales, una vez se acredite que no proceden de animales infectados con una Encefalopatía Espongiforme Transmisible (EET), grupo al que pertenece la enfermedad de las "vacas locas".