El MAPA amplia las medidas contra la enfermedad vesicular porcina

El Boletín Oficial del Estado publicó el viernes un Real Decreto por el que se establecen nuevas medidas para la lucha de determinadas enfermedades animales y medidas específicas contra la enfermedad vesicular porcina.

El Ministerio de Agricultura establece que en las explotaciones que presenten animales susceptibles dentro de la zona de protección tendrán que someterse a visitas y exámenes clínicos periódicamente.

Además, queda prohibida la circulación y transporte de los animales de las especies sensibles en las vías públicas o privada, con exclusión de los caminos que conduzcan a las exportaciones.

Los cerdos no podrán abandonar la explotación en el plazo de 21 días hasta la finalización de las operaciones de limpieza y desinfección de la explotación afectada. Una vez concluya, los animales podrán ser trasladados a otra explotación a al matadero para su sacrificio.

La carne fresca obtenida de estos cerdos se cortará transportará y almacenará separada de la destinada al comercio intracomunitario e internacional, ya que no irá destinada a este mercado y llevará el marcado destinado a la carne fresca.

Fuente: AGROPROFESIONAL. Silvia González Cerredelo.