El Gobierno publica una nueva orden con medidas específicas de protección frente a la lengua azul ante la llegada de la temporada de mayor actividad del vector transmisor de la enfermedad

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, publica hoy en el BOE, la Orden en la cual se establecen las nuevas medidas de protección frente a la lengua azul derivadas de que actualmente estamos en la epoca en la que el mosquito culicoides se encuentra más activo con la llegada de las altas temperaturas.

El análisis de los últimos datos obtenidos con el Programa Nacional de vigilancia entomológica y de los datos históricos, permite concluir el reinicio escalonado de la actividad del vector Culicoides en las zonas calificadas en la Orden APA/506/2008, de 27 de febrero, como estacionalmente libres, lo que justifica la modificación en el régimen de movimientos adaptándose a la nueva situación epidemiológica. En consecuencia, se procede a la publicación de una nueva orden que regula la actual situación, así como un régimen transitorio aplicable a las zonas anteriormente calificadas como estacionalmente libres y que ahora aparecen recogidas en el anexo II, donde se califica a las provincias y comarcas en función de la fecha de reinicio de la actividad del vector Culicoides.

Por otro lado, la detección en el mes de abril de circulación viral del serotipo 1 del virus de la lengua azul en la zona de restricción de Asturias, hace necesario la modificación de las zonas restringidas incluidas en el anexo II.

El alcance de las modificaciones, justifica  la aprobación de una nueva orden, que deroga la anterior, lo que facilitará su aplicación. Se trata de la ORDEN ARM/1200/2008, de 29 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.