Este año se destinarán 844.000 euros al Plan Nacional de Vigilancia de la Influenza Aviar

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado lunes el Plan Nacional de Vigilancia de la Influenza Aviar para 2008, que contará con un presupuesto de 844.142 euros, de los que 672.157 se destinarán al plan de control en aves domésticas y 171.985 al control de la enfermedad en aves silvestres. Este plan, elaborado por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, ha sido autorizado por la Unión Europea (UE), quien cofinancia los gastos derivados de su aplicación.

A lo largo de este año está previsto que se analicen aleatoriamente más de 7.500 aves silvestres, con una mayor intensidad de testaje en las zonas de riesgo de gripe aviar próximas a humedales y en las especies de mayor riesgo por densidad de población como el azulón, cerceta común, cuchara común, silbón europeo o ánade rabudo. Por lo que se refiere a aves domésticas, está previsto realizar más de 200.000 análisis de detección, fundamentalmente en broiler, ponedoras y reproductoras, patos, pavos gansos, ratites, aves de caza, gansos y en explotaciones de traspatio, donde se realizarán 9.888 test.

Desde el año 2003, la influenza aviar se ha extendido desde el sudeste asiático hacia zonas más occidentales, debido a fallos en las medidas higiénicas y de bioseguridad, y a actividades comerciales no suficientemente controladas. En 2006 alcanzó el continente africano y diversos países europeos, en los cuales tuvieron lugar numerosos focos puntuales, la mayoría de ellos sin afectar a aves domésticas, y todos los países lograron su control y la recuperación del "status" de libre de enfermedad. En España, hasta la fecha no ha sido detectado ningún foco en aves domésticas, y tan sólo uno aislado en aves silvestres (en un ejemplar de somormujo lavanco hallado muerto en el embalse alavés de Salburua).

Según el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, este hallazgo sirvió para comprobar el excelente funcionamiento del sistema de vigilancia y detección precoz establecido, así como la idoneidad y eficacia de las medidas adoptadas para evitar su transmisión y diseminación a las aves domésticas principalmente de zonas próximas.