Los 27 aprueban un reglamento comunitario para autorizar el uso de pesticidas y productos fitosanitarios en la UE
Los ministros de Agricultura de la Unión Europea aprobaron anteayer la propuesta de reglamento comunitario para autorizar el uso de pesticidas y productos fitosanitarios en la Unión Europea que los Estados miembros llevan negociando durante dos años. Su objetivo es aumentar la protección para la saluda humana y el medio ambiente al manipular estos productos y actualizar los procedientos de autorización de los mismos.
El ministro de Agricultura esloveno y presidente de turno del Consejo de ministros del ramo, Iztok Jarc, celebró que los Veintisiete hayan alcanzado un acuerdo por amplia mayoría sobre la propuesta y subrayó que, entre sus principales objetivos, se encuentra el de reforzar los elevados estándares para impedir que una sustancia activa contenida en productos fitosanitarios dañe la salud humana o el medio ambiente.
En este sentido, admitió que al definir los criterios para la aprobación de las sustancias activas la presidencia eslovena tuvo en cuenta el impacto de los productos fitosanitarios a largo plazo en la cadena alimentaria en el conjunto de la Unión Europea.
La propuesta de reglamento contempla una lista de sustancias activas positivas, criterios para la aprobación de estas sustancias y un sistema obligatorio de mutuo reconocimiento, de manera que la aprobación del uso de un determinado producto en un Estado miembro se apruebe automáticamente en el resto que pertenecen a la misma zona geográfica (de las tres que contempla el reglamento propuesto).
También garantiza la evaluación comparativa de productos para alentar la sustitución de sustancias peligrosas por alternativas más seguras y ya no permitirá las autorizaciones provisionales para productos que todavía estén en proceso de registrarse salvo que la evaluación de seguridad comunitaria cubra un periodo de más de dos años y medio.
La propuesta de reglamento también exige a consumidores profesioales y productores de pesticidas mantener registros de la utilización de los productos fitosanitarios y controles obligatorios. Es la primera vez que, una vez aprobada la propuesta legislativa formal, habrá una regulación armonizada a nivel comunitario.
La propuesta, que también restringe la duplicación de experimentos con vertebrados, simplifica los procedimientos de uso para sustancias de bajo riesgo, así como las normas sobre protección de datos de propiedad intelectual y transparencia de etiquetado, embalado y publicidad de productos fitosanitarios.
La idea de la Comisión es presentar de nuevo propuestas legislativas en firme en otoño a los ministros de Agricultura para después remitirlas al Parlamento Europeo, según explicaron fuentes de la presidencia de la UE. La Eurocámara dio una opinión favorable sobre la propuesta en primer lectura en octubre de 2007.
A pesar de que la comunitaria endurece "los criterios de selección", también prevé mecanismos de salvaguardia para excepcionalmente autorizar determinadas sustancias, precisaron fuentes diplomáticas españolas.
La nueva propuesta de reglamento sustituirá, una vez aprobada, a la legislación comunitaria existente en este campo y mantiene que la aprobación de las sustancias activas se produzca a nivel europeo, mientras que la autorización del uso de una sustancia para protección frente a un determinado cultivo recaiga en los Estados miembros.
A pesar de que la propuesta prohíbe "totalmente" la publicidad y el uso de sustancias que han demostrado ser cancerígenas, provocar transmutaciones genéticas o ser tóxicas para la reproducción, cuando los productos disponibles no ofrezcan una suficiente protección a plantas y cultivos se podrán utilizar, en "casos excepcionales", sustancias peligrosas "únicamente bajo condiciones estrictamente reguladas", explicó la presidencia de la UE en un comunicado.
El periodo de transición del reglamento no podrá exceder de más de cinco años.
Con independencia de la aplicación de un sistema de mutuo reconomiento de solicitudes de registro, los Estados miembros serán capaces de rechazar el reconocimiento mutuo del registro de determiados productos o restringir su utilización en ciertos casos, como para proteger el medio ambiente nacional.