Comienza a aplicarse el nuevo sistema de marcado y etiquetado de jamones y paletas curadas

La norma, que ha entrado en vigor el pasado 15 de julio, regula los tiempos de curación mínimos que deben reunir estos productos para poder utilizar las menciones Bodega, Reserva o Gran Reserva.

El Real Decreto 1079/2008, de 27 de junio, que regula la norma establece la forma de llevar a cabo el marcado de todos los jamones y paletas en fresco, cuyo destino sea la curación-maduración del producto.

La normativa dispone que en el etiquetado de los jamones y paletas se puedan incluir las menciones Bodega, Reserva y Gran Reserva, siempre que cumplan con el periodo mínimo de elaboración establecido para cada mención.

Así, los jamones podrán etiquetarse como Bodega o cava con una curación mínima de nueve meses; como Reserva o añejo, con 12 meses de curación, y Gran Reserva, con 15 meses.

En el caso de las paletas, los tiempos mínimos fijados en la norma son cinco meses para etiquetar como Bodega o cava; para Reserva o añejo, siete meses, y para Gran Reserva, nueve meses. Además, los jamones y paletas curadas podrán emplear otras menciones distintas a las fijadas en esta regulación, siempre y cuando cumplan lo establecido en la norma general de etiquetado.

En lo referente al marcado para el control del periodo de elaboración, el texto indica que los jamones y paletas deberán ir marcados, individualmente, mediante un sistema que incluya la semana y el año de entrada en salazón. Este marcado deberá fijarse en el producto, de forma perfectamente legible, antes de su entrada en salazón, acompañándolo en todas las etapas de elaboración y comercialización posterior. Además se incluirá en el registro de trazabilidad la información que contenga el marcado.

En cuanto a los jamones y paletas que hayan salido de la industria elaboradora hasta el 15 de julio (fecha de entrada en vigor de la nueva normativa), la norma prevé que podrán seguir comercializándose, hasta la finalización de existencias o como máximo en los 15 meses siguientes a la fecha de entrada en vigor, siempre que cumplan con las disposiciones vigentes hasta ahora.