El certificado veterinario recupera su vigencia

El certificado veterinario ha recuperado su pleno vigor tras publicar, hoy viernes, el Boletín Oficial del Estado la suspensión de la vigencia de la Orden PRE/2893/2007, de 5 de octubre, que lo suprimía.

El certificado es un documento que el veterinario firma antes de que animales de la especie bovina, ovina y caprina se transporten al matadero para su sacrificio y garantiza la inexistencia de una treintena de posibles enfermedades; entre ellas, la encefalopatía espongiforme bovina, la tuberculosis y la brucelosis, susceptibles de ser transmisibles a la especie humana. En el certificado se hace constar expresamente que los animales a que se refiere “se consideran aptos para su sacrificio con destino al consumo humano”.

El contencioso surgió tras aprobar el Ministerio de la Presidencia la Orden 2.893 de 5 de octubre de 2007 que modificó el anexo XI del Real Decreto 3454/2000 (Programa contra la EBB), que suprime el certificado veterinario presente en las anteriores redacciones.

El Consejo General de Colegios de Veterinarios de España interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la citada orden solicitando la suspensión cautelar de la misma. En su argumentación, el Consejo General sostenía que la mencionada disposición incurre en nulidad de pleno derecho al contravenir una normativa de rango superior como es la comunitaria, concretamente, el Reglamento (CE) número 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, que establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

Asimismo, el Consejo General razonaba que la orden ministerial incide negativamente en el interés público al afectar la seguridad alimentaria y la garantía de salud de los consumidores. Y recordaba, además, que el Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea, ante una denuncia de Francia, ya había suspendido cautelarmente en el mes de septiembre de 2007 la flexibilización de medidas para el control de la EEB adoptadas por la Comisión Europea, dictaminando que la citada flexibilización “representa un peligro para la salud humana”.

Finalmente, el Consejo incidía en que el Estado español había incumplido con su obligación de informar con carácter previo a la Comisión de la Unión Europea acerca de la norma recurrida para que aquella institución pudiera examinar su compatibilidad con la normativa comunitaria.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional procedió (auto de 22 de abril de 2008) a estimar la petición del Consejo General declarando haber lugar la medida cautelar de suspensión de la vigencia de la orden recurrida “sin prejuzgar el fondo del asunto”. El tribunal señalaba en su auto que en ningún caso se advertía que el interés público exigiera la eliminación del certificado veterinario. Y entendía que, en cambio, tal certificado suponía una medida de control sanitario que en su momento se consideró necesaria y ahora se suprimía, incidiendo con ello en el ámbito de la salud pública.

En definitiva, la Audiencia Nacional, valorando las circunstancias concurrentes en el caso, consideraba procedente acceder a la medida de suspensión porque el contenido de la orden afectaba al derecho constitucional a la protección de la salud, que ha de prevalecer a la hora de tomar la decisión.

Contra este auto elevó recurso de súplica el abogado del Estado, ante lo cual, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional decidió que el auto en cuestión quedara suspendido hasta que se resolviera el mencionado recurso.

Finalmente, la Audiencia Nacional ha estimado la petición del Consejo General de Colegios Veterinarios de España confirmando la suspensión inicialmente adoptada de la Orden del Ministerio de la Presidencia y ordenando su publicación en el BOE, por lo que el certificado veterinario recobra toda su vigencia y la exigencia de su utilización.

La supresión de este certificado implicaba la eliminación del mecanismo previo de certificación veterinario de los rumiantes y, por tanto, de uno de los dos pilares del doble control sanitario a que se sometían los animales sacrificados en el matadero. Esa supresión, en opinión del Consejo General de Colegios Veterinarios de España, suponía una posibilidad real de comprometer la seguridad alimentaria y la salud pública.