La CE modifica modifica los métodos y protocolos para la vigilancia activa de determinadas EET

REGLAMENTO (CE) 162/2009 DE LA COMISIÓN de 26 de febrero de 2009 modifica los anexos III y X del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles.

El Reglamento (CE) 999/2001 establece que cada Estado miembro llevará a cabo un programa anual de seguimiento de las EET basado en el seguimiento activo y pasivo.

El Reglamento (CE) no 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano establece normas sanitarias de recogida, transporte, almacenamiento, manipulación, transformación y utilización o eliminación de subproductos animales, con el objeto de impedir que esos productos entrañen riesgos para la salud humana o animal.

Todas las partes del cuerpo de un animal que dé positivo (o no concluyente) a la prueba de diagnóstico rápido, incluida la piel, han de ser eliminadas del mismo modo. En el citado Reglamento 999/2001 se establecen reglas para el muestreo y los análisis de laboratorio para detectar EET. Según esas normas, el primer método de diagnóstico que debe utilizarse para confirmar un presunto caso clínico de EEB se basa en el examen histopatológico, que es el método recomendado en una edición anterior del "Manual de pruebas de diagnóstico y vacunas para los animales terrestres" de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

Según la última edición del Manual, de mayo de 2008, el examen histopatológico ya no se considera como el método de diagnóstico de referencia para investigar animales presuntamente afectados por la EEB, sino que ahora pueden utilizarse para ello métodos immunohistoquímicos e inmunoquímicos, incluidas pruebas de diagnóstico rápido.

El laboratorio comunitario de referencia para las EET considera que es pertinente y está justificado científicamente aplicar el mismo planteamiento a la investigación de ovinos y caprinos presuntamente afectados por una EET.
Por lo tanto, procede modificar los métodos y protocolos para la vigilancia activa de la EEB en bovinos, de acuerdo con la reciente modificación del Manual.