Publicada la nueva normativa europea respecto a la protección de los animales en el momento de la matanza

La matanza puede provocar dolor, angustia, miedo u otras formas de sufrimiento a los animales, incluso en las mejores condiciones técnicas disponibles. Algunas operaciones conexas a la matanza pueden resultar estresantes y toda técnica de aturdimiento conlleva algunas desventajas.

Los explotadores de empresas o cualquier persona implicada en la matanza de animales deben adoptar las medidas necesarias para evitar el dolor y reducir al mínimo la angustia y el sufrimiento de los animales durante los procesos de sacrificio o matanza,
teniendo en cuenta las buenas prácticas en ese campo y los métodos autorizados con arreglo al nuevo Reglamento publicado el psado 18 de noviembre (VER REGLAMENTO (CE) N o 1099/2009 DEL CONSEJO de 24 de septiembre de 2009).

Por tanto, el dolor, la angustia o el sufrimiento deben considerarse evitables cuando los explotadores de empresas o cualquier persona implicada en la matanza de animales incumplen uno de los requisitos del Reglamento o utilizan prácticas permitidas pero que no integran los últimos avances, provocando, por negligencia o de manera deliberada, dolor, angustia o sufrimiento a los animales.

La protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza está contemplada en la legislación comunitaria desde 1974 y se reforzó considerablemente con la Directiva 93/119/CE. Sin embargo, se han observado grandes disparidades de aplicación de la Directiva entre los Estados miembros y se han puesto de manifiesto grandes preocupaciones y diferencias en materia de bienestar animal susceptibles de afectar a la competencia entre los explotadores de empresas.

De ahí la necesidad de crear una normativa actualizada y que responda a la demanda de los consumidores de garantizar el máximo grado de bienestar a los animales.