La vacunación obligatoria contra la lengua azul terminará el 30 de junio de 2011

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 30 de diciembre la Orden ARM 3373/2010 por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Entre otras cuestiones recoge que hasta el 30 de junio de 2011 la vacunación será obligatoria para los animales ovinos y bovinos mayores de tres meses frente al serotipo 1 de la lengua azul en ambas zonas restringidas; al serotipo 4; y frente al 8 en las provincias de Cádiz y Málaga.

La Orden establece como zonas restringidas frente a los serotipos 1, 4 y 8 del virus de la lengua azul la totalidad de las comarcas ganaderas de Cádiz, Huelva y Málaga; y las zonas ganaderas de Utrera (Bajo Guadalquivir), Osuna (Campiña/Sierra Sur), Lebrija (Las Marismas), Sanlúcar la Mayor (Poniente de Sevilla) y Marchena (Serranía Sudoeste), todas ellas en la provincia de Sevilla.

Por su parte, todo el territorio peninsular español y las ciudades de Ceuta y Melilla han sido declaradas zonas restringidas frente a los serotipos 1 y 8; mientras que las comunidades autónomas de Canarias e Islas Baleares se considerarán como zonas libres.

Fuente: AGROCOPE