Nuevas reglas en materia de etiquetado de los productos alimentarios en la UE

El Consejo de la Unión Europea Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores (EPSCO) ha alcanzado un acuerdo sobre un proyecto de reglamento relativo a la información al consumidor acerca de los productos alimentarios.

Uno de los puntos fundamentales sobre los que el Consejo se ha puesto de acuerdo es el carácter obligatorio de la declaración nutricional: es ahora obligatorio mostrar claramente el valor energético y las cantidades de ciertos nutrientes (grasas, ácidos grasos saturados, carbohidratos, proteínas, azúcares y sal).

Además, el Consejo ha manifestado su conformidad para que ciertas bebidas alcohólicas (como el vino, las bebidas alcohólicas aromatizadas, el hidromiel, la cerveza y las bebidas espirituosas, pero no las bebidas gaseosas alcohólicas) sean excluidas de las reglas aplicables al etiquetado nutricional, así como de la indicación de la lista de sus ingredientes.

La Comisión debería, sin embargo, examinar en un plazo de cinco años contabilizados desde la entrada en vigor del nuevo reglamento si esta exclusión se justifica siempre.

Los productos alimentarios no preenvasados deberían también estar excluidos de la obligación de declaración nutricional, a no ser que los Estados miembros tomen una decisión contraria.

Para dichos productos, sin embargo, los alérgenos deben indicarse en todos los casos. El texto del acuerdo político elaborado en el Consejo ahora será sometido a una revisión por parte de los juristas-lingüistas antes de su adopción formal durante una próxima sesión del Consejo como si fuera su posición en una primera lectura.

Fuente: AGROCOPE