El Gobierno modifica la normativa que regula los doctorados universitarios

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado. Una de las medidas más destacadas que recoge la nueva normativa hace referencia al plazo máximo de duración de este tipo de estudios en función de la modalidad en que se realicen, bien a tiempo completo, o bien a tiempo parcial. Así, se fija en tres años el tiempo máximo para su finalización, mientras que será de cinco años cuando se elija seguir un programa de doctorado a tiempo parcial, aunque se habilitan prórrogas en casos particulares.

En cuanto a la evaluación de la tesis doctoral, se establece que los tribunales encargados de la misma deberán estar conformados en su mayoría por doctores externos a la universidad y a las instituciones colaboradoras de la Escuela de doctorado o el programa, todos los cuales deberán estar en posesión del título de Doctor y contar con experiencia investigadora acreditada.

También se simplifica la escala su calificación, que se fija entre "apto" y "no apto", y, en su caso, "apto cum laude", distinción esta última que se decidirá en distinta sesión del tribunal. Se deja, por tanto, atrás la tradicional escala de "no apto", "aprobado", "notable", "sobresaliente" y "sobresaliente cum laude", que se aplicaba en la actualidad.

Otra de las novedades que contempla la nueva normativa es la posibilidad de incluir en el título la mención de "Doctorado internacional", en sustitución del hasta ahora "Doctorado europeo". Para ello, el doctorando habrá tenido que realizar una estancia mínima de tres meses fuera de España para cursar estudios o preparar trabajos de investigación. 
 
El Ejecutivo central destacó que la nueva norma ofrece una profunda y ambiciosa remodelación con el fin de reforzar la formación en I+D+I desde el ámbito universitario como eje del desarrollo, la innovación, la dinamización de la economía y la creación de empleo. Para ello, se establece la creación de Escuelas de Doctorado que permitan canalizar de manera más adecuada la actividad de la formación doctoral que desarrolle cada universidad, además de promover mecanismos de colaboración con entidades, públicas y privadas, de investigación o empresariales.

Las Escuelas facilitarán, a su vez, la organización dentro de su ámbito de gestión del doctorado en una o varias ramas de conocimiento o con carácter interdisciplinar y generarán masa crítica de investigadores de diferentes orígenes con el fin de mejorar las competencias y capacidades de los doctorandos.

Los estudiantes que cursen en la actualidad estudios de Doctorado conforme a normativas anteriores podrán continuarlos con arreglo a las mismas hasta que se produzca su total extinción, y dispondrán desde ahora de un plazo de cinco años para la presentación y defensa de la tesis doctoral.

En cuanto a los nuevos programas de doctorados, deberán estar adaptados a esta nueva normativa antes del inicio del curso 2013-2014, curso a partir del cual todos los estudiantes que se matriculen en este tipo de formación lo harán bajo la regulación que la misma establece.

Fuente: Consumer