El Gobierno aprueba el anteproyecto de la Ley de Salud Pública

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de marzo, a propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, el anteproyecto de la Ley de Salud Pública, de la que la semana pasada se presentó un informe preliminar.
 
El propósito de esta ley es poner en evidencia que la salud, entendida como el bienestar físico, psíquico y social, es el resultado de numerosos factores y condicionantes que se presentan en el ámbito familiar, social, laboral, educativo, así como de otros factores relacionados con el medio ambiente, la alimentación y los estilos de vida. De ahí que su enfoque se dirija a establecer nuevas formas de organización para conformar acciones que, superando el ámbito de los servicios sanitarios, permitan actuar para conseguir una mejora de la salud de la población.
 
En definitiva, esta ley plantea que las actuaciones dirigidas a la mejora de la salud deben ser un tema transversal incorporado en todas las políticas. Para ello, establece una Estrategia de Salud Pública que definirá las áreas de actuación sobre los factores condicionantes de la salud y que aprobará el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
 
Esta Estrategia determinará los ámbitos de la salud pública en los que, por su especial incidencia en el conjunto de la población, sea de interés fomentar y promover la investigación.
 
Para garantizar la transversalidad de la ley se prevé la creación del Consejo Asesor de Salud Pública como órgano consultivo, en el que estarán representados los departamentos de la Administración General del Estado cuyas políticas inciden en la salud y aquellos otros organismos y asociaciones científicas y profesionales relacionadas con la salud pública.
 
Además, las actuaciones de salud pública tendrán en cuenta las políticas de carácter no sanitario que influyan sobre la salud de la población y se promoverán las que favorezcan los entornos saludables.
 
SISTEMA DE INFORMACIÓN EN SALUD PÚBLICA
 
La consecución de buenos resultados en salud requiere actuaciones cuyo objetivo sea la equidad, es decir la disminución de brechas en el nivel de salud de distintos sectores de la población. Para poder definir políticas que disminuyan las inequidades es necesario previamente identificarlas. Esta ley contempla la creación del Sistema de Información en Salud Pública, que incluirá la información relevante para la toma de decisiones y la elaboración de políticas públicas.
 
Otro de los retos que afronta esta ley es el referente a la seguridad sanitaria. La globalización, los cambios medioambientales y el tráfico internacional de bienes, servicios y personas, crean las condiciones favorables para la emergencia de nuevos riesgos para la salud. En este sentido, esta ley plantea un sistema de alerta precoz y respuesta rápida para la detección y evaluación de incidentes, reforzando la coordinación entre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y las Comunidades Autónomas (incluidas las ciudades de Ceuta y Melilla).
 
ESPECIAL ATENCIÓN A LA PREVENCIÓN
 
El anteproyecto pone énfasis en la importancia de las acciones preventivas y la salud comunitaria en los servicios sanitarios, en especial en la atención primaria, y propone actuaciones dirigidas a la coordinación de la promoción de la salud y la prevención de enfermedades y lesiones en el Sistema Nacional de Salud.
 
Las actuaciones de salud pública deberán incluir garantías de máxima calidad. Para ello el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad establecerá y actualizará criterios de buenas prácticas para las actuaciones de Salud Pública y someterá a evaluación el impacto en la salud de la población de las acciones seleccionas previamente.
 
Por último cabe destacar el énfasis de la futura ley en el papel coordinador del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Se constituye para ello la Red de Vigilancia en Salud Pública que integra diferentes sistemas, que abarcan desde los condicionantes sociales que inciden en la salud, a los riesgos ambientales o las enfermedades transmisibles.
 
Fuente: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad