El Laboratorio Nacional de Referencia de Granada no realizará determinaciones rutinarias de anticuerpos antirrábicos

En el Reglamento (CE) 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de mayo de 2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, establece que para determinados desplazamientos, es necesario realizar previamente una prueba para la valoración de anticuerpos antirrábicos postvacunales.

En un comunicado oficial remitido el 21 de julio de 2011 al Consejo General de Colegios Veterinarios de España, la Directora General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, Margarita Aboix, informa de que el Laboratorio Central de Sanidad Animal del MARM en Santa Fé (Granada) no realizará estas pruebas de forma rutinaria, centrándose en su labor como Laboratorio Nacional de Referencia.

Según consta en dicho documento, a partir de ahora, cuando sea necesaria la realización de una valoración de anticuerpos, el suero sanguíneo podrá enviarse a cualquiera de los laboratorios autorizados en España y en el resto de los Estados Miembros de la Unión Europea. El listado de laboratorios autorizados puede consultarse en el siguiente enlace:

http://ec.europa.eu/food/animal/approved_establishments/laboratories_en.htm