El Tribunal Europeo rechaza la responsabilidad de la Comisión en la llegada de la EEB a España
Los demandantes fueron 482 ganaderos españoles apoyados por las dos organizaciones profesionales, Unió de Pagesos y la Confederación de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) que alegaban que el Consejo y la Comisión no actuaron adecuadamente durante la crisis de la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB).
Por su parte, las organizaciones agrarias explicaron que “no pretenden obtener una indemnización económica”, pero que el perjuicio que sufrieron está constituido “por la suma de todos los perjuicios que tuvieron que hacer frente sus miembros" como consecuencia de la enfermedad, así como "por el daño moral de cada uno de ellos”.
No obstante, el Tribunal de Primera Instancia considera que no se ha acreditado que las acciones supuestamente ilegales del Consejo y de la Comisión “puedan considerarse una causa directa de la aparición de la enfermedad de la EEB en España en el año 2000” y, como consecuencia, de la caída del consumo y de los precios de la carne de vacuno.
Asimismo, explican que no se ha demostrado que si las instituciones demandadas hubieran llevado a cabo las medidas que los demandantes reprochan la enfermedad de las vacas locas no habría afectado a la cabaña ganadera española, por lo que el Tribunal de Primera Instancia ha desestimado “por infundado el recurso”.