El Gobierno aprueba la celebración en 2007 del 'Año de la Ciencia' y modifica las normas para conceder deducciones fiscales a las actividades de I+D
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto el que declara el año 2007 como 'Año de la Ciencia' y otro (Real Decreto 2/2007 del 12 de enero ) que modifica las normas para conceder deducciones fiscales a las actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) tecnológicas, y amplía los órganos competentes para avalar la concesión de esas deducciones fiscales.
Hasta el momento, el organismo encargado de dar las deducciones era la Dirección General de Desarrollo Industrial y a partir de ahora también podrán otorgarlas el Centro para el Desarrollo tecnológico Industrial (CDTI), el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), según anunció la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en rueda de prensa.
Fernández de la Vega recordó que el pasado jueves se cumplieron 100 años de la creación de la Junta de Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas, una "institución que fue la gran dinamizadora de la ciencia española durante las primera décadas del siglo XX".
El objetivo del 'Año de la Ciencia' es "concienciar a toda la sociedad y muy especialmente a los jóvenes de la importancia de apoyar y participar en los avances de cualquier rama de la ciencia y la tecnología", según la vicepresidenta primera del Gobierno.
"La economía española crece y avanza, pero es necesario que para que siga haciéndolo mejore nuestra competitividad y nuestra productividad, y para ello es esencial dar un impulso a la innovación y a la formación, que apoyemos a nuestros científicos y a nuestros investigadores", explicó Fernández de la Vega.
Además, se creó la Comisión para la celebración del 'Año de la Ciencia', que estará presidida por la vicepresidenta Primera del Gobierno y ministra de la Presidencia y en ella participarán todas las Comunidades Autónomas. En la Comisión para impulsar y coordinar las actuaciones del 'Año de la Ciencia' estarán representados, entre otros, los Ministerios con competencias en Investigación y Desarrollo, los organismos públicos de Investigación, las Comunidades Autónomas, los ayuntamientos y las universidades.
El 'Año de la Ciencia' será el marco para el desarrollo conjunto de iniciativas y actividades orientadas a transmitir a la sociedad que la ciencia, en todos sus aspectos, constituye un componente esencial e imprescindible en nuestra vida cotidiana y que el Gobierno y todos los poderes públicos tienen un compromiso y una obligación en promover cuantos avances científicos y tecnológicos contribuyan a satisfacer el bienestar y las necesidades de los ciudadanos.
Con esta finalidad, se organizarán congresos, exposiciones y otro tipo de actividades, y se impulsará un Plan Integral de Comunicación y Divulgación de la Ciencia y la Tecnología en España.
En cuanto a las deducciones fiscales en I+D+I, la Oficina Española de Patentes y Marcas colaborará en la realización de una parte de los informes técnicos que se realicen por las entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), siempre que se trate de proyectos de investigación y desarrollo e innovación tecnológica que hayan dado lugar a una patente o modelo de utilidad o sobre los que se haya obtenido un Informe Tecnológico de Patentes de dicha Oficina.
Estos informes motivados son vinculantes para la Administración tributaria y se emiten a instancias de las empresas, de manera que los gastos que ellas realicen en proyectos o actividades que sean considerados en tales informes como de investigación, desarrollo e innovación dan derecho automático a la aplicación de las deducciones fiscales previstas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, informó el Gobierno.
De acuerdo con la normativa vigente, las empresas, cuando solicitan a los órganos administrativos competentes la emisión de un informe motivado, deben acompañar en su solicitud un informe técnico realizado por una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en el que se califiquen las actividades y se identifiquen los gastos e inversiones asociadas a I+D+i. Sin embargo, con la nueva regulación que se propone en este Real Decreto, cuando los informes motivados corresponda realizarlos al CDTI, se exime al solicitante del requisito de presentar ese informe técnico, puesto que dicho Organismo cuenta con personal cualificado para realizarlo.
Asimismo, la presentación de dicho informe técnico podrá no ser necesaria cuando el órgano competente para emitirlos así lo determine, una vez que se haya presentado la correspondiente solicitud.