Los perros, gatos y hurones deben:
Debe acudir a un veterinario colegiado para que le emita el correspondiente certificado de salud(*)(**) y realice el registro en la aplicación CEXGAN del movimiento de su mascota fuera de la UE.
Con esta documentación junto al código emitido por CEXGAN que le facilite el veterinario, deberá solicitar cita previa para obtener el Certificado Oficial de Exportación necesario para viajar con su mascota:
A excepción de los países donde la emisión de este certificado genérico se realiza de manera exclusiva en digital ( EEUU-Puerto Rico, Colombia, Uruguay, Costa Rica, Japón, etc.). El Servicio Veterinario de Inspeccion en Frontera facilitará el archivo del documento, al veterinario y/o a los propietarios según indiquen.
(*) A partir del 1 de enero de 2023 sólo se aceptarán Certificados Veterinarios de Salud (verde) emitidos por veterinarios colegiados registrados en CEXGAN, el veterinario colegiado que haga la solicitud debe coincidir con el que emita el Certificado Veterinario de Salud.
(**) Como norma general sigue siendo necesario la emisión del certificado veterinario de salud (verde), excepto en:
Importe: Comprobar si para el regreso con su mascota a Europa desde el tercer país que se visite, es necesario tener realizada la prueba de anticuerpos de la rabia.
Rusia / Bielorrusia: Desde el septiembre del 2024 todos los perros, gatos y hurones objeto de movimientos comerciales o no comerciales procedentes de Rusia y Bielorrusia deberán aportar prueba de la realización de la prueba de valoración de anticuerpos frente a la rabia debido a modificación de la normativa de aplicación existente, en concreto en el Reglamento (UE) 576/2013 para los movimientos no comerciales y el del Reglamento Delegado (UE) 2020/692 para los movimientos comerciales.
ENLACE OFICIAL VIAJAR CON MASCOTAS FUERA DE LA UE
Para cualquier consulta pueden dirigirse al correo:
bzn-mascotas@mapa.es